Autoconsumo vs Comunidades Energéticas: todo lo que necesitas saber
El autoconsumo y las comunidades energéticas a menudo se confunden. Este post pretende aclarar estas diferencias y explicar cómo estas fórmulas desafían un modelo energético dominado por un oligopolio en España, donde el 85% de las redes de distribución de electricidad está en manos de Naturgy, Endesa e Iberdrola, y el 90% de los kilovatios del mercado eléctrico doméstico son controlados por estas tres empresas, junto con EDP y Viesgo-Repsol.
Las comunidades energéticas representan un paso más allá en la participación ciudadana en el sistema energético
El autoconsumo, regulado por el Real Decreto 244/2019, distingue entre:
- Sin excedentes: La energía producida se consume únicamente por el productor.
- Con excedentes: Permite inyectar la energía sobrante en la red eléctrica para su cesión o comercialización.
Dentro del autoconsumo, hay dos modalidades:
- Individual: Una única unidad familiar, autónomo o empresa con un único punto de suministro.
- Colectivo: Varios consumidores comparten la misma fuente de energía, como una comunidad de vecinos con placas fotovoltaicas en la terraza del edificio.
Comunidades energéticas: un paso más allá
Las comunidades energéticas representan un avance significativo en la participación ciudadana en el sistema energético. Según el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), son grupos de personas, empresas o entidades jurídicas que, por proximidad geográfica, se unen voluntariamente para compartir procesos de eficiencia.
El sistema energético español está en transición, pasando de un modelo basado en combustibles fósiles y dominado por grandes empresas a uno más democrático y sostenible. La Unión Europea impulsa esta transición, y en España ya hay más de 300 empresas registradas como distribuidoras, muchas de las cuales operan en municipios y cooperativas locales, y tienen el potencial de convertirse en comunidades energéticas.
Diferencias entre Comunidad de Energía Renovable (CER) y Comunidad Ciudadana de Energía (CCE)
- CER: Solo para fuentes renovables, exige proximidad geográfica, incluye pequeñas y medianas empresas (pymes). Ideal para quienes buscan producir y consumir energía renovable en comunidad.
- CCE: Abarca todo tipo de energía, no requiere proximidad, excluye medianas empresas y solo incluye pequeñas. Más adecuada para quienes priorizan el acceso a la red y los mercados eléctricos en condiciones de igualdad.
Qué es preferible? ¿Una CER o una CCE? Depende de lo que se busque. Si la prioridad es en el sentido clásico de comunidad energética (personas y entidades que se unen para producir y consumir energía renovable), lo más recomendable es una CER. Pero si la principal motivación es salvaguardar los derechos de acceso a la red y a los mercados eléctricos en condiciones de igualdad como consumidor, la opción podría ser la CCE. Lo cierto es que las dos contribuyen a un sistema energético más descentralizado y justo.
Marco Normativo de las Comunidades Energéticas
- Directiva 2016/864: Introduce la Comunidad Energética Local (CEL) como una forma de participación ciudadana en la transición energética.
- Directiva 2018/2001: Establece la Comunidad de Energía Renovable (CER), enfocada exclusivamente en energías renovables.
- Directiva 2019/944: Define la Comunidad Ciudadana de Energía (CCE), que abarca todo tipo de energías y facilita el acceso a la red eléctrica sin discriminaciones.
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